La Justicia da la razón a la IGP Espárrago de Navarra

La Justicia da la razón a la IGP Espárrago de Navarra

El Consejo Regulador interpuso una demanda contra "Conservas Tradicionales de Navarra" alegando conducta desleal al inducir a error al consumidor

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Pamplona ha dado la razón al Consejo Regulador de la Denominación Específica Espárrago de Navarra (IGP Espárrago de Navarra) y ha declarado como conducta desleal la utilización del signo Conservas Tradicionales de Navarra para identificar y comercializar espárragos no amparados por la IGP, por lo que la empresa tiene que cesar en el uso en el tráfico mercantil del término Navarra o similares, solo o en conjunción con otros elementos para distinguir el espárrago.

La sentencia, que ya es firme, condena a la empresa a retirar del tráfico económico todos los productos, embalajes, material publicitario o cualquier otro documento comercial en el que se hubiere materializado la infracción y la conducta desleal, incluida la modificación de su propia página web www.conservasbujanda.es en lo que resulte necesario.

La demanda, presentada en diciembre de 2010 por el Consejo Regulador de la IGP, condena igualmente a la empresa a indemnizar con 10.000 euros en concepto de daños morales.

El Consejo Regulador de la Denominación Específica Espárrago de Navarra, en el ejercicio de su función de velar por la conservación del prestigio de la denominación, así como de los intereses de todas las empresas que están inscritas en dicha marca de calidad, demandó a la citada empresa por la utilización de la expresión de Navarra en sus productos, ya que su uso conlleva un riesgo de confusión para el consumidor. El etiquetado y la marca de los productos denunciados pueden llevar a una percepción errónea del origen geográfico del espárrago objeto de venta, que en este caso es Perú.

Se trata de la segunda demanda, con antecedentes de hechos jurídicos similares, que da la razón a la IGP dado que en mayo de 2011, el Juzgado de Instrucción Nº 6 de Logroño, condenó a la empresa Coronas de Navarra S.L. a dejar de utilizar la marca comercial Coronas de Navarra para vender espárragos no amparados en la IGP Espárrago de Navarra, provenientes de China y Perú.

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